Comisión de Fomento Agropecuario y Desarrollo Rural

 

Artículo 50. A la Comisión de Fomento Agropecuario y Desarrollo Rural, le corresponde:

I. Gestionar y difundir programas que contribuyan a beneficiar al sector agropecuario en la producción y comercialización de los productos;
II. Conocer de los asuntos relacionados con el desarrollo agropecuario y forestal en beneficio y mejoramiento de los ejidatarios, productores, comuneros y pequeños propietarios del medio rural, y

III. Proponer la actualización y mejoramiento de los planes de desarrollo rural, agropecuario y forestal que sean de la competencia del Estado.

Fuente: Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala

EXPEDIENTES PARLAMENTARIOS
FECHA EXPEDIENTE ESTADO
2009/ 2/ 17
COPIA DE LA INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA Y ADICIONAN DIVERSOS ARTÍCULOS A LA LEY AGRÍCOLA PARA EL ESTADO DE TLAXCALA, QUE PRESENTA LA DIPUTADA ANA LILIA RIVERA RIVERA. Analisis
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Luis Salazar Corona
Presidente

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Vocal

Antonio Murias Bañuelos
Vocal