Comisión de Derechos y Cultura Indígena

 

Artículo 45. A la Comisión de Derechos y Cultura Indígena, le corresponde:

I. La promoción, defensa y rescate de la herencia y derechos indígenas en el Estado;

II. Promover iniciativas, programas y demás mecanismos que contribuyan a fortalecer el respeto a la diversidad cultural y lingüística en nuestro Estado, según las leyes vigentes, tratados y convenios internacionales sobre la materia firmados por nuestro país;
III. Promover el respeto a los derechos indígenas en el Estado, y

IV. Fomentar la participación de los pueblos indígenas del Estado según sus usos y costumbres.

Fuente: Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala

 

EXPEDIENTES PARLAMENTARIOS
FECHA EXPEDIENTE ESTADO
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Víctor Hugo Cahuantzi González
Presidente

Antonio Murias Bañuelos
Vocal

José Oliverio Pérez Hernández
Vocal