SESIÓN PLENARIA

 

Intituto de Estudios Legislativos

Palacio Legislativo
Tel (246) 465-1564
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(246) 465-1500
Ext. 242 y 237

 

 
 
 
 

Artículo 110. El Instituto de Estudios Legislativos será el órgano de consulta encargado de asesorar técnicamente a las comisiones ordinarias y especiales en la elaboración de iniciativas y dictámenes. Asimismo deberá realizar las investigaciones necesarias en las etapas legislativas.

Artículo 111. El titular del Instituto de Estudios Legislativos debe ser licenciado en derecho.

Artículo 112. El titular del Instituto de Estudios Legislativos tendrá las atribuciones siguientes:

I. Coadyuvar con las comisiones en la elaboración de dictámenes y proyectos que le encomienden los diputados;
II. Analizar las iniciativas que se presenten al Congreso del Estado;
III. Revisar la adecuada argumentación y técnica legislativa de las leyes, decretos y acuerdos previo a su presentación y aprobación por el Pleno;

 


IV. Realizar las tareas editoriales que se le encomienden;
V. Capacitar y asesorar a los secretarios técnicos en la elaboración de los dictámenes e iniciativas;
VI. Apoyar a los diputados en materia legislativa;
VII. Estar presente en el desarrollo de las sesiones del Congreso del Estado;
VIII. Tener bajo su responsabilidad la biblioteca del Congreso del Estado;
IX. Apoyar a la Mesa Directiva, a la Comisión Permanente y a las comisiones en los eventos de consulta, foros y mesas de trabajo, para la sistematización de las propuestas o conclusiones que se obtengan;
X. Prestar los servicios de corrección y estilo que se le requieran en la elaboración de iniciativas y dictámenes;
XI. Tendrá a su cargo la administración de la biblioteca, y
XII. Las demás que le confiera la Mesa Directiva, la Junta de Coordinación y Concertación Política y esta Ley.

Fuente: Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala

Lic. Alejandro Felipe Espejel Sánchez
DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS
 
 
 
EXPEDIENTES PARLAMENTARIOS RECIBIDOS, PARA SU ESTUDIO Y ANÁLISIS
No. de Expediente Iniciativa o Propuesta Comisión Proponente
87/2008 PROYECTO DE DECRETO, POR EL QUE SE REFORMA LA FRAC. I DEL ART. 11 DE LA LEY DE EDUCACION PARA EL ESTADO DE TLAXCALA PUNTOS CONSTITUCIONALES, GOBERNACION Y JUSTICIA Y ASUNTOS POLITICOS. DIP. ENRIQUE GONZALEZ SANDOVAN
136/2009 PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA NUEVA LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO DE TLAXCALA. PUNTOS CONSTITUCINALES, GIBERNACION Y JUSTICIA Y ASUNTOS POLITICOS. DIP. ORLANDO SANTACRUZ CARREÑO
78/2009 PROPUESTA DE REFORMA ADICION Y DEROGACION AL CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA COMISION DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, GOBERNACION Y JUSTICIA Y ASUNTOS POLITICOS. EL COLECTIVO MUJER Y UTOPIA A.C.
137/2009 PROPUESTA DE REFORMA, ADICION Y DEROGACION AL CODIGO PENAL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DEL ESTADO DE TLAXCAL PUNTOS CONSTITUCIONALES, GOBERNACION Y JUSTICIA Y ASUNTOS POLITICOS. EL COLECTIVO MUJER Y UTOPIA A.C.
135/2009 PROYECTO DE DECRDTO RELATIVO A LA LEY DE PROTECCION A MISGRANTES Y SUS FAMILIAS DEL ESTADO DE TLAXCALA. ASUNTOS MIGRATORIOS Y PUNTOS CONSTITUCIONALES, GOBERNACION Y JUSTICIA Y ASUNTOS POLITICOS. DIP. ANTONIO MENDOZA ROMERO