SESIÓN PLENARIA

 
 

 
 
 
 
 
 
ACUERDO

PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 fracción III, 10 apartado B facción VI, 70 y 71 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se instruye a las comisiones ordinarias que correspondan a cada caso, para que con el apoyo y asesoría legislativa del Instituto de Estudios Legislativos, inicien con los trabajos legislativos que den origen a una reforma a los siguientes ordenamientos jurídicos:

EN MATERIA DE JUSTICIA PENAL

  • Se deberán expedir un nuevo Código de Procedimientos Penales para el Estado de Tlaxcala, la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala, la Ley de Seguridad Pública para el Estado de Tlaxcala y la Ley de Justicia Penal Restaurativa del Estado de Tlaxcala; además de que deberán aprobarse reformas, adiciones y derogaciones al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas de Libertad del Estado de Tlaxcala y a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala.

En cuanto a las propuestas hechas por los órganos autónomos, presidencias municipales y las dirigencias de los partidos políticos, enunciadas en el considerando número cuarto, serán turnadas a la comisión ordinaria correspondiente con la finalidad de que se inicie el procedimiento legislativo.

SEGUNDO. Se instruye a las comisiones ordinarias que correspondan a efecto de que, con el apoyo y asesoría del Instituto de Estudios Legislativos,  dictaminen todas las iniciativas con proyecto de Ley, Decreto o Acuerdo que haya sido presentadas por los sujetos facultados por el artículo 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, durante el primer y segundo año de ejercicio legal de esta LIX Legislatura.

TERCERO. Se instruye a las comisiones ordinarias que correspondan a efecto de que con el apoyo y asesoría del Instituto de Estudios Legislativos, inicien con los estudios de impacto normativo del marco jurídico del Estado de Tlaxcala.

CUARTO. Se declara abierto el Programa Legislativo para este Primer Período Ordinario de Sesiones correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional.

QUINTO. Los proyectos dictaminados objeto de este Acuerdo deberán ser difundidos en el sistema de red interna y en la página de Internet de este Honorable Congreso, con el objeto de que, previo dictamen de la comisión ordinaria correspondiente, se calendaricen las lecturas respectivas.

SEXTO. Se ordena al Encargado del Despacho de la Secretaría Parlamentaria de esta Soberanía, remita el presente Acuerdo al Periódico Oficial del Gobierno del Estado para su publicación.

Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil diez.

 

                   
                   
C. DELFINO SUÁREZ PIEDRAS
DIP. PRESIDENTE
 
 
C. ROBERTO NÚÑEZ BALEÓN  
DIP. SECRETARIO
C. MARÍA ELOISA ESPINOSA ARRIAGA
DIP. SECRETARIO